- Los nuevos planes
incrementan la transparencia y la comparabilidad de las
cuentas de las empresas españolas.
- Por primera vez, las
pymes cuentan con un Plan específico que simplificará el
cumplimiento de las obligaciones contables del 96 por
100 de las empresas españolas.
- El Gobierno, a través
de la UNED, pondrá en marcha una campaña gratuita de
formación. Las pymes contarán con financiación a tipo
cero para la adquisición de los programas informáticos
necesarios para la aplicación del Plan.
El
Consejo de Ministros ha aprobado sendos Reales Decretos que
desarrollan la Ley de reforma y adaptación de la legislación
mercantil en materia contable, aprobada este año con el
apoyo de todos los Grupos Parlamentarios. Se trata del Plan
General de Contabilidad y del Plan General de Contabilidad
para pequeñas y medianas empresas, que entrarán en vigor el
uno de enero de 2008.
Desde
el año 2005, las cuentas anuales consolidadas que elaboran
las sociedades que tienen valores admitidos a negociación en
un mercado regulado se formulan con las normas
internacionales de contabilidad adoptadas por la Unión
Europea. El resto de las empresas, sin embargo, seguía
aplicando la normativa española.
El
objetivo de la reforma contable, que desarrollan los dos
Reales Decretos aprobados hoy, es evitar la dualidad
existente y conseguir una lectura homogénea de los estados
financieros de las empresas españolas. Aumenta, así, la
transparencia y la comparabilidad de las cuentas de nuestras
sociedades con las del resto de la Unión Europea.
La
reforma se ha llevado a cabo de manera que los cambios en la
legislación mercantil no tengan un coste fiscal en las
empresas y para ello se han efectuado las modificaciones
pertinentes en el Impuesto sobre Sociedades. La nueva
regulación contable tampoco implica cambios en los regímenes
fiscales especiales para las pymes (declaración por módulos
y estimación directa).
Plan General de Contabilidad
El
nuevo Plan General de Contabilidad mantiene la misma
estructura que el actualmente en vigor, desde 1990. De este
modo se facilita la aplicación de los nuevos criterios
contables, ya que la norma a la que sustituye es de amplio
conocimiento por los usuarios.
Los aspectos más destacados del nuevo Plan son los
siguientes:
- Se sigue manteniendo
la imagen fiel como objetivo de las cuentas anuales, si
bien en relación con éstas se incorporan dos nuevos
documentos: el estado de cambios en el patrimonio neto y
el estado de flujos de efectivo.
- En la contabilización
de las operaciones debe atenderse a su realidad
económica y no sólo a su forma jurídica.
- Respecto a los
criterios de valoración se incorpora el valor razonable
y el coste amortizado.
- El fondo de comercio
no se amortizará, sin perjuicio de la obligación de
llevar a cabo las oportunas correcciones valorativas en
caso de deterioro.
- Los instrumentos
financieros se valoran en función de la gestión que de
ellos se va a realizar. También se contempla el
tratamiento contable que ha de aplicarse en las
operaciones de cobertura contable.
- Se establece la
regulación contable de las combinaciones de negocios
(operaciones en las que una empresa adquiere el control
de uno o varios negocios) y se determina la aplicación
con carácter general del método de adquisición.
- Se incluyen nuevas
exigencias de información en la Memoria Anual, en línea
con las normas europeas, lo que favorece una mayor
transparencia de la información contable de las empresas
españolas.
Plan para las pequeñas y
medianas empresas y criterios para microempresas
Por
primera vez en España, las pequeñas y medianas empresas
contarán con un Plan General de Contabilidad específico, que
simplifica el cumplimiento de las obligaciones contables
para más de un millón de sociedades, el 96 por 100 del
tejido empresarial español.
Este
Plan recoge los contenidos del Plan General de Contabilidad
relacionados con las operaciones realizadas, con carácter
general por las pymes y simplifica los criterios de
registro, valoración e información a incluir en la memoria:
- En los instrumentos
financieros se elimina el criterio de valoración a valor
razonable.
- Se simplifica el
criterio de valoración de activos arrendados en
"leasing" desde el punto de vista del arrendatario.
- En las cuentas anuales
desaparece la obligación de confeccionar el estado de
ingresos y gastos reconocidos.
En
cuanto a las microempresas, se simplifica en el
reconocimiento del gasto por impuesto sobre beneficios y en
las operaciones de arrendamiento financiero.